2 de julio: Feriado irrenunciable por elecciones primarias

El próximo domingo 2 de julio se realizarán en todo el país las elecciones primarias presidenciales y parlamentarias.

Por ello, los malls y otros centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica deberán permanecer cerrados y los trabajadores de esos complejos comerciales gozarán ese día de un feriado obligatorio e irrenunciable, que empezará a las 21 horas del día anterior y terminará a las 6 de la mañana del día siguiente, sin perjuicio de las alteraciones horarias que podrían producirse en caso de existir turnos rotativos de trabajo.

Asimismo, esos trabajadores no podrán ese día ser trasladados para que laboren en centros comerciales de los mismos empleadores.

Al respecto, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Joaquín Bascuñán, afirmó que “hacer un llamado a los empleadores para que se cumpla con la normativa que dice relación con estas elecciones primarias que tendremos el día 2 de julio. Fundamentalmente, quienes van a estar cerrados este día domingo serán los malls y los centros comerciales que estén administrados por una misma razón social. Este es un feriado obligatorio, irrenunciable, que comenzará a las 21:00 horas del día anterior y se va a extender hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente. El llamado es a que los empleadores cumplan, que eviten multas, que eviten las infracciones, y nosotros vamos a estar recibiendo las denuncias respectivas”.

TURNOS ROTATIVOS Y EXCEPCIONES

Respecto a los turnos rotativos, solo los trabajadores sujetos a ellos podrían prestar servicios en el lapso que media entre las 21 y las 24 horas del día anterior al descanso o entre las 0:00 y las 06:00 horas del día que sigue a éste cuando el respectivo turno incida en dichos períodos.

Respecto de aquellos dependientes que no prestan servicios en los centros o complejos comerciales, pero que, conforme al artículo 38 del Código del Trabajo, están exceptuados del descanso en domingo y festivos y que deben desempeñar sus funciones durante el día domingo 2 de julio próximo, se señala que:

· Ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores.

· En aquellas actividades que deban necesariamente realizarse el día en que se celebrare una elección o plebiscito, los trabajadores podrán ausentarse durante dos horas, a fin de que puedan sufragar, sin descuento de sus remuneraciones.

· Los empleadores deberán conceder los permisos necesarios, sin descuento de remuneraciones, a los trabajadores que sean designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegado de la Junta Electoral.

· Del mismo modo, se ha afirmado categóricamente que, en ningún caso, la aludida ausencia del dependiente podrá significar una disminución de sus remuneraciones.

· A su turno, a los trabajadores que sean designados vocales, miembros de Colegios Escrutadores o delegado de la Junta Electoral, les corresponde por mandato legal el permiso por todo el tiempo que sea necesario para el adecuado desempeño de las mismas, lo que obliga a sostener que tales dependientes podrán ausentarse de sus labores por un lapso superior al establecido en el inciso 2° del artículo 155.

FISCALIZACIÓN

Se realizarán a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl, que publicará un banner especial, donde se podrá denunciar. La aplicación estará habilitada a partir del día 1 de julio, a las 20 horas, y hasta las 14 horas del día 2 de julio.

En las elecciones primerias presidenciales de 2013 no se registraron multas.

La sanciones por no cumplir la normativa vigente van entre las 9 y 60 UTM ($421 mil hasta los $2 millones 800 mil).

SANCIONES

Las infracciones y los montos de multas aplicables son los siguientes:

  • No otorgar el feriado legal e irrenunciable por elecciones primarias: 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.
  • No otorgar los permisos necesarios al trabajador designado como vocal de mesa durante elecciones: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores
  • No permitir ausentarse 2 horas de la jornada de trabajo a trabajador para ejercer su derecho a sufragio durante elecciones legales: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.

Iniciar el descanso después de las 21 horas del día anterior: 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa tiene de 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.

OTRA MATERIAS A CONSIDERAR

Las botillerías NO pueden estar abiertas el día de las elecciones. Sus puertas deben permanecer cerradas desde las 05.00 horas del mismo 2 de julio y hasta dos horas después del cierre de las votaciones.

“Permanecerán cerrados todos los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas, sea para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose los hoteles respecto a los pasajeros que pernocten en ellos", señala el Servel.

Los supermercados podrán abrir (siempre que no estén dentro de un centro comercial y sean administrados por la misma razón social o personalidad jurídica), pero tampoco podrán vender bebidas alcohólicas. Los pasillos o góndolas con alcohol serán cerradas hasta dos horas después de cerradas las mesas de votación, es decir aproximadamente a las 20.00 horas.

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